Comenzando el día Martes les traemos una excelente noticia para todas nuestras micro y pequeñas empresas.
¡YA PUEDES SOLICITAR EL BONO ALIVIO PYMES! 🏘️💵
¿Qué es y para quién?
Un bono, otorgado por sólo una vez, para Personas Naturales y Jurídicas que cumplen las condiciones establecidas. Las Ferias Libres, pueden acceder a este bono, sólo si tienen permiso municipal al día.
Condiciones:
- Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020, y que este se encuentre vigente a la fecha de publicación de la Ley (17 de junio de 2021).
- Tener Ingresos anuales por ventas y servicios del giro menores a $726.758.2501 en el año 2020. (1: 25 mil UF al 31 de diciembre 2020)
- Cumplir una de las siguientes condiciones:
- Tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos entre enero de 2020 y abril de 2021, o
- Tener al menos un trabajador contratado el año 2020.
- Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- No desempeñar actividades financieras o de seguros.
Montos:
$1.000.000, con ciertas condiciones que pueden aumentar el dinero:
- Bono adicional MYPES para empresas que deban pagar IVA consistente en la devolución de tres meses del promedio del IVA débito del año 2019 con un tope de $2 millones.
- El bono Adicional MYPES y el bono Alivio PYMES incrementan en un 20% si las personas naturales y EIRL con sexo registral femenino. Se solicita desde el 18 de agosto hasta el 18 de octubre.
- Las Pymes con trabajadores suspendidos por la ley de protección al empleo contarán con un Anticipo Solidario para el pago de cotizaciones. Se solicita desde el 17 de julio hasta el 17 de septiembre de 2021.
- Bono para el Pagos de Cotizaciones, entrega el monto correspondiente a un mes de cotizaciones previsionales. Se solicita desde el 18 de agosto al 18 de octubre.
Plazo y dónde solicitar:
A través del SII (www.homer.sii.cl) desde el viernes 02 de julio hasta el lunes 02 de agosto. Los pagos serán cursados en un plazo de 20 días después de la solicitud.
¿Qué rubros recibirán este dinero?
1. Fabricación de otros productos de porcelana y de cerámica.
2. Fabricación de joyas y artículos conexos.
3. Venta al por menor de artículos de joyería, bisutería y relojería en comercios especializados.
4. Venta al por menor de recuerdos, artesanías y artículos religiosos en comercios especializados.
5. Venta al por menor de alimentos, bebidas y tabaco en puestos de venta y mercados (incluye ferias).
6. Venta al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y mercados.
7. Venta al por menor de otros productos en puestos de venta y mercados (incluye ferias) .
8. Transporte de pasajeros vía taxi colectivo.
9. Servicios de transporte de escolares.
10. Servicios de transporte de pasajeros en taxis libres y radiotaxis.
11. Servicios de transporte a turistas.
12. Transporte de pasajeros en buses interurbanos.
13. Transporte de pasajeros por vías de navegación interiores.
14. Venta al por menor de diarios y revistas.
15. Actividades de hoteles.
16. Actividades de moteles.
17. Actividades de residenciales para turistas.
18. Otras actividades de alojamiento para turistas.
19. Actividades de camping y de parques para casas rodantes.
20. Actividades de residenciales para estudiantes y trabajadores.
21. Otras actividades de alojamiento.
22. Actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas.
23. Suministro de comidas por encargo (servicios de banquetería).
24. Suministro industrial de comidas por encargo; concesión de servicios de alimentación.
25. Actividades de discotecas y cabaret (night club), con predominio del servicio de bebidas.
26. Otras actividades de servicio de bebidas.
27. Otras actividades especializadas de diseño.
28. Servicios de revelado, impresión y ampliación de fotografías.
29. Alquiler y arrendamiento de equipo recreativo y deportivo.
30. Actividades de agencias de viajes.
31. Actividades de operadores turísticos.
32. Organización de convenciones y exposiciones comerciales.
33. Enseñanza preescolar privada.
34. Enseñanza deportiva y recreativa.
35. Servicios de producción de obras de teatro, conciertos, espectáculos de danza, otras producciones escénicas.
36. Actividades artísticas realizadas por bandas de música, compañías de teatro, circenses y similares.
37. Actividades de artistas realizadas de forma independiente: actores, músicos, escritores, entre otros.
38. Servicios prestados por periodistas independientes.
39. Otras actividades creativas, artísticas y de entretenimiento.
40. Enseñanza preescolar pública.
41. Actividades de museos, gestión de lugares y edificios históricos.
42. Actividades de jardines botánicos, zoológicos y reservas naturales.
43. Actividades de casinos de juegos.
44. Otras actividades de juegos de azar y apuestas.
45. Hipódromos.
46. Gestión de salas de billar; gestión de salas de bolos (bowling).
47. Gestión de otras instalaciones deportivas.
48. Actividades de clubes de fútbol amateur y profesional.
49. Actividades de otros clubes deportivos.
50. Promoción y organización de competencias deportivas.
51. Otras actividades deportivas.
52. Actividades de parques de atracciones y parques temáticos.
53. Gestión de salas de pool; gestión (explotación) de juegos electrónicos.
54. Otras actividades de esparcimiento y recreativas.
55. Reparación de calzado y de artículos de cuero.
56. Peluquería y otros tratamientos de belleza.
➡️ Si tienes dudas, o consultas llama teléfono del SII al 600 329 2011
➡️ También puedes dirigirte a la Unidad de Desarrollo Económico ubicada en Bascur s/n, frente a la plaza de Quilleco. Su atención es de Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 hrs y de 15:00 a 17:30 hrs. Asimismo puedes enviar un WhatsApp al +56940183902 o enviar un email a desarrolloeconomico@municipalidadquilleco.cl